GANANCIAS 4TA CATEGORIA – Cambios desde 08/2023

Ciudad de Buenos Aires, 16 de Agosto de 2023

Les informamos que, mediante el decreto 414/2023 (BO 11/08/2023) se ha establecido un incremento del piso de las remuneraciones brutas mensuales, para que los trabajadores en relación de dependencia dejen de tributar el impuesto a las ganancias.

El valor dispuesto es de $ 700.875,00.-

¿CÓMO HA QUEDADO LA REGLAMENTACIÓN?

La AFIP a través de la RG 5402/2023 ha dictado la reglamentación, en donde se ha aclarado que la aplicación del nuevo piso es aplicable desde los salarios devengados en 08/2023 en adelante.

Dicho de otra forma, los tramos por los cuales no se tributa el impuesto (tramo 1) o se tributa con deducciones incrementadas (tramo 2) han quedado detallados de la siguiente manera:

Salarios Brutos

Tramo 1

Tramo 2

Desde 01/2023

$ 404.062,00

$ 466.017,00

Desde 05/2023

$ 506.230,00

$ 583.851,00

Desde 08/2023

$ 700.875,00

$ 808.341,00

INCREMENTO DEL 35% EN LA ESCALA DEL IG

Por otra parte, mediante el decreto 415/2023 (BO 11/08/2023) pone a disposición las nuevas tablas mensuales de las escalas del impuesto, las que conllevan un aumento del 35%, y se deberán aplicar a partir de agosto 2023 con efecto retroactivo desde el 01/01/2023.

Esto implica que, habrá que hacer un recálculo del impuesto en el mes de 08/2023 y, en caso de existir diferencias a favor de los empleados, las mismas deberán ser reintegradas en 2 cuotas iguales, junto a las remuneraciones y/o haberes devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023, debiendo exteriorizarse en forma especial la devolución en los recibos de haberes.

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con el ESTUDIO.

Sumamos valor! #biestudio #IG #4ta Categoría

Open chat
Hola, ¿ en que podemos ayudarlo ?