Ciudad de Buenos Aires, 16 de Agosto de 2023
Mediante RG 5403 AFIP (BO 14/08/2023) se ha establecido una disminución de la alícuota de la percepción aplicable a operaciones en moneda extranjera que resultan alcanzadas por el Impuesto PAIS.
La misma pasa de 25% al 5%.
En nuestra opinión, este cambio que implica una disminución de la alícuota de percepción aplicable a las compras y gastos en el exterior en moneda extranjera, va en la misma línea con la devaluación efectuada desde el lunes pasado, por encima del 20% que fuera establecida por el BCRA.
¿APLICA A TODAS LAS OPERACIONES?
No, dado que para las operaciones de importación de mercaderías, se mantendrá la alícuota de percepción del 25%.
Además, las percepciones del 45% se mantienen sin cambios.
¿DESDE CUANDO APLICAN ESTOS CAMBIOS?
El cambio de alícuota resulta de aplicación para las operaciones efectuadas desde el 14/8/2023 en adelante.
Como queda el esquema con estos cambios de percepciones:
Imp. Pais (Tax no Recuperable) | Perc. Gcias y Bs (Recuperable) | Percep. Adicional (Recuperable) | Suma de Percepciones | |
USD denominado “Ahorro” | 30% | 45% | 75% | |
Viajes al exterior | 30% | 45% | 5% | 80% |
Gastos exterior > USD 300 al mes | 30% | 45% | 5% | 80% |
Gastos exterior < USD 300 al mes | 30% | 45% | 75% | |
Compra de servicios personales, culturales, etc. | 30% | 30% | ||
Importacion | 30% | 45% | 25% | 100% |
NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con el ESTUDIO.
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