FORMULARIO 960/D

Ciudad de Buenos Aires, 9 de Septiembre de 2023

Actualmente, existe la obligación para aquellas empresas y personas que en el ejercicio de su actividad con consumidores finales deban emitir facturas o documentos equivalentes, de exhibir el formulario denominado “960/D – Data Fiscal” en los locales de venta, locación o prestación de servicios incluyendo lugares descubiertos, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares.

  • ¿Dónde se debe exhibir el formulario? Deberá ubicarse en un lugar visible y destacado cercano donde los clientes realicen el pago de las operaciones sin que otros formularios, carteles, avisos, letreros, impidan su rápida localización. Además, aquellos que tengan vidriera en el local deberán exhibirlo contra el vidrio en un lugar visible para el público desde el exterior.
  • ¿Se puede escanear el código QR? Si, tanto el público en general como los agentes de AFIP tienen la potestad de acercar un dispositivo móvil para proceder a la lectura del código QR. 
  • ¿Si tengo varios puntos de venta? Por ejemplo, si se utilizan máquinas registradoras corresponderá exhibir un Formulario 960/D – Data Fiscal por cada máquina o controlador fiscal instalado. 
  • ¿De qué tamaño debe ser impreso el formulario? Deberá imprimirse en tamaño A4
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  • ¿Tengo que hacer algo en el sitio web? Los sitios web de quienes realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros, deberán colocar en un lugar visible de la página principal, el logo Formulario 960/D– Data Fiscal.
  • ¿Cómo obtengo el formulario? Con clave fiscal desde el sitio web del organismo, a través del rol FORMULARIO Nº 960.

 

NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con el ESTUDIO.

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