Ciudad de Buenos Aires, 6 de diciembre de 2023
Estimado Lector/a,
Les comunicamos que IGJ publicó el 5 de diciembre de 2023 la resolución (MJDH) 1454/2023, por medio de la cual fija la fecha de vencimiento para el pago de la tasa que las sociedades por acciones de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la decisión administrativa (IGJ) 46/2001.
La fecha fijada para el pago es el 15 de diciembre de 2023.
Nota (Sociedades constituidas en 2023): Las sociedades que abonaron durante el mismo año calendario la tasa de constitución quedan exceptuadas de la obligación de pago de la tasa anual.
PROCEDIMIENTO
¿Cómo se emite la tasa? A través del sitio de IGJ. Podes acceder desde aquí.
https://www2.jus.gov.ar/igj-tasas/
¿Cómo se paga la tasa? La IGJ mantiene el pago de la tasa en las sucursales del Banco Nación Argentina a la cuenta que figura en la boleta de pago y establece medios especiales exclusivamente para el cobro de la tasa anual 2023.
- Sitio web pagar.com
Habilita la opción para pagar en el sitio www.pagar.com.ar, desde el que los clientes de cualquier banco pueden abonar.
Se deben ingresar los siguientes datos:
- Rubro: “Cobranzas para empresas y comercios”.
- Servicio/Empresa: IGJ – Pago tasa anual.
- Código electrónico para pagar (Código Link Pagos): número de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la sociedad.
- Concepto: cuota.
- Importe: monto a pagar.
- Referencia: número de boleta.
- Home Banking
Esta opción permite abonar la tasa desde el home banking del Banco Nación Argentina o cualquier otra entidad adherida a la Red Link.
Se debe seleccionar la opción “Pagos” del menú principal y la función “Pagar” del submenú, eligiendo la opción “Cobranzas para empresas y comercios”.
Entre los datos a ingresar se deben incluir la CUIT de la sociedad, el concepto a pagar (en este caso, sería cuota) y el importe de pago (debe incluirse el monto total, comprendidos tasa y punitorios); como referencia del concepto, se debe incluir el número de la boleta.
El número de la boleta se encuentra en la parte superior izquierda del comprobante de pago.
NOTA: Esta información es de interés general y no constituye una opinión legal al respecto. Ante cualquier duda consultar con el ESTUDIO.
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