#ECONOMIADELCONOCIMIENTO – Tasas FONPEC

La disposición 585/21 (SSEC del 15/11/2021) reglamenta el procedimiento para el pago de la TASA dispuesta por el Art. 18 de la LEY 27506.

Dicho aporte deberá realizarse en forma anual a los quince (15) días hábiles de la fecha de vencimiento de la declaración jurada del IG.

  • Base del cálculo del aporte: Estará determinada por el total de los beneficios percibidos en el marco del Régimen de Promoción tanto por Artículos 8°, 9° y 10, independientemente de que los mismos no hubieran sido utilizados o bien hubieran sido objeto de ajustes posteriores.
  • Año fiscal o calendario: El período anual será concordante con el año fiscal establecido en cada caso particular, de acuerdo a la voluntad societaria.
  • ¿Cómo se paga?: Todos los aportes deberán efectivizarse vía transferencia electrónica librada desde una cuenta bancaria a nombre del Aportante beneficiario del Régimen de Economía del Conocimiento, en la siguiente cuenta recaudadora: Tipo de Cuenta: Cuenta Corriente Especial en Pesos. Nombre de la cuenta: FID FONPEC – CTA RECAUDADORA. Banco: Banco de la Nación Argentina. Sucursal: Florida 0059. N° de la cuenta: 659.084.737/1. CBU: 01106592-40065908473712. CUIT: 30-71720366-2

 

¿Los que vienen de LPS?: Para el caso de los beneficiarios que provengan de LPS, la aplicación es la siguiente:

  • Beneficios correspondientes al ejercicio fiscal 2020: El aporte deberá calcularse al recibir dichos beneficios y podrá realizarse hasta el 31 de enero de 2022.
  • Ojo: En caso de aprobarse el ingreso y recibir los beneficios con fecha posterior al 31 de enero de 2022, los aportes del ejercicio 2020 deberán integrarse dentro de los 15 días hábiles de notificado el ingreso al nuevo Régimen.

 

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